Interpretación auténtica de la denominación de los Poderes del Estado
Las verdaderas definiciones que les corresponderían de acuerdo a su realidad actual
Vistos y considerando,
Que los ciudadanos se sienten burlados en sus expectativas por los Poderes del Estado, debido a que ellos esperan un comportamiento muy diferentes por parte de sus integrantes, acorde al sentido de las denominaciones que los mismos exhiben, y que corresponde a las tareas propias que la Constitución del Estado les asigna,
y dado que en la práctica su desempeño real se encuentra muy lejos de lo que las designaciones sugieren, lo que mantiene enervada a toda la población en estado permanente de descontento y actitud de protesta,
Con el fin de adecuar el comportamiento actual de dichos poderes, de modo que la gente adquiera conciencia del consecuente trabajo de sus integrantes con las denominaciones que en verdad les corresponden,
SE RESUELVE:
A partir de la fecha modifíquense las denominaciones de los Poderes del Estado de la siguiente manera:
- El primer poder del estado, el PODER LEGISLATIVO pasará a denominarse PODER VEGETATIVO
- El PODER EJECUTIVO pasará a denominarse PODER BUROCRATIVO
- Y el poder actualmente más cuestionado, el PODER JUDICIAL pasará a denominarse PODER PERJUDICIAL, donde el prefijo PER corresponde lógicamente a "Perú" o "peruano".
Con estas modificaciones no hay duda de que el pueblo se sentirá satisfecho, porque coincidirán exactamente con la percepción que los peruanos tienen de cada uno de los poderes del estado peruano, lo que permitirá que todo siga tal cual pues se habrá eliminado de raíz cualquier motivo de incongruencia entre la letra y la realidad de las funciones, para beneplácito de abogados y formalistas.